jueves, 4 de agosto de 2011

El reglamento de comercio

El Reglamento Provisional de Derechos Aduaneros, también llamado Reglamento de Comercio, reafirmó los principios liberales del Congreso de 1813, en el que se había estalecido que: "(...) Ninguna tasa o derecho se imponga sobre artículos exportados de una provincia a otra". Por este Reglamento se eliminaba el pago de tasas interprovinciales, fijando un arancel único a liquidar en los lugares de origen o destino. Esto tendía a lograr:
  • La unión aduanera  de las provincias. Fue un paso importante para que la vinculación política entre los integrantes de La liga se fuera transformando, también, en una integracón económica.
  • La integración de las diversas economías provinciales.
  • La igualdad provincial
  • El reparto equitativo de las rentas aduaneras.
  • El fomento de la exportación y la eliminación de productos competitivos.
El Reglamento de comercio diferenciaba las "introducciones" (importaciones que provenían del extranjero), de las de América.
Los productos no americanos pagarían un impuesto del 25% , con excepciones; por ejemplo, caldos y aceites: 30%; papel y tabaco negro: 15%; ropas hechas y calzado: 40%.
Los productos de América pagaban 4% de derechos de aduana. Incluían, entre otros : yerba y tabaco de Paraguay, ponchos, jergas y aperos de caballo.
El Reglamento hacía referencia a productos libres de pagar derechos como por ejemplo las máquinas, los libros e imprentas, la pólvora, medicinas, etcétera.
En materia de "extracciones" -exportaciones-, todas eran gravadas con un impuesto del 4%, con excepciones tales como los cueros, que pagaban un real por cada uno, un 4% de alcabala y 2% de subvención.
El Reglamento de comercio se refería además en forma especiala las exportaciones "libres de derechos", que eran las harinas de maíz y las galletas de producción Provincial.


Daniela Foyedo Lucchese

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